¿Qué funciones tiene?
Las funciones del Consejo son, con carácter general, de asesoramiento, información, propuestas de criterios de actuación y fomento en relación con lo dispuesto en la Ley 8/1993, de 22 de junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, así como aquellas otras que reglamentariamente se le atribuyan.
A tal fin, le corresponden concretamente las siguientes funciones:
- Recibir información de las distintas Consejerías, así como de la Federación Madrileña de Municipios, con el fin de actuar como coordinador en la materia de los distintos programas a la hora de proponer actuaciones concretas relacionadas con el tema.
- Ser informado, por la Consejería de Hacienda, sobre los créditos presupuestarios del Proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, destinados al cumplimiento de las previsiones contenidas en la Ley 8/1993.
- Ser informado de los criterios de organización y funcionamiento del Fondo al que se refiere el artículo 36 de la referida Ley.
- Emitir informe sobre los proyectos de disposiciones reglamentarias de desarrollo de la Ley 8/1993, así como de aquellas disposiciones que se dicten al amparo de la habilitación contemplada en la Disposición Adicional Primera de la misma.
- Recibir información anual sobre las realizaciones y grado de cumplimiento de las previsiones contenidas en la ley 8/1993, para la evaluación de los resultados de todas las actuaciones de la Comunidad de Madrid y de los Ayuntamientos.



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