Por medio del Real Decreto 680/1985 de 19 de abril sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cultura, la Comunidad de Madrid asume todas las competencias en bibliotecas y todas las funciones sobre patrimonio documental y bibliográfico.

  Por el Decreto 14/1983, de 16 de junio sobre la atribución de competencias, servicios y medios materiales de la Diputación Provincial de Madrid a la Comunidad de Madrid y organización provisional de la Administración autonómica, la Biblioteca de la Diputación pasa a depender de la Comunidad, y será el germen de la Biblioteca Regional de Madrid tal y como se plasmó en la Ley 10/1989 de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid, en el capítulo III, De la Biblioteca Regional, artículo 18, donde se indican las funciones que le son propias como primer centro bibliográfico de la región : 

Se crea la Biblioteca Regional de Madrid, como primer centro bibliográfico de la Comunidad Autónoma, con la misión de reunir, conservar y difundir el patrimonio bibliográfico de Madrid y toda la producción, impresa o producida por cualquier procedimiento o en cualquier soporte, de Madrid y sobre la Comunidad a que se refiere la presente Ley.

  Además, y tras la aprobación por la Asamblea de Madrid del Plan Regional de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid en su primera fase: Madrid Capital, se incluye una función a añadir a las ya definidas en la Ley de Bibliotecas: 

Realizar el catálogo colectivo de los bienes que forman el patrimonio bibliográfico de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 51 de la Ley de Patrimonio Histórico

  Sus funciones son las siguientes:

  • Ser el primer centro bibliográfico de la Comunidad Autónoma, con la misión de reunir, conservar y difundir el patrimonio bibliográfico de Madrid y toda la producción, impresa o producida por cualquier procedimiento o en cualquier soporte, de Madrid y sobre la Comunidad a que se refiere la presente Ley.

  • Ser la receptora, con carácter obligatorio, de uno de los ejemplares de las publicaciones procedentes de Depósito Legal de esta Comunidad.

  • Elaborar y difundir la información bibliográfica sobre la producción editorial de Madrid.

  • Mantener la cooperación con los servicios bibliotecarios de distintos ámbitos.

  • Ejercer una función de asesoramiento a las demás bibliotecas del sistema cuando le sea requerido por el Consejo de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid, sobre todo para la diseminación de registros bibliográficos normalizados que permitan una utilización asequible a los usuarios en todas las bibliotecas.

  • Elaborar y ser depositaria del Catálogo Colectivo de la Comunidad de Madrid, de modo que se propicie la integración de cuantos catálogos colectivos del resto de España, o internacionales, estén en formación o pudieran promoverse en el futuro, cuyo carácter se adecue al ámbito cubierto por el sistema bibliotecario de la Comunidad de Madrid de acuerdo con las normas técnicas internacionales.

  • Realizar la información de todos los servicios bibliotecarios, de forma que, mediante la creación de unas bases de datos, se pueda establecer un intercambio de información con otras redes de bibliotecas.

  • Promover la investigación y desarrollo cultural relacionados con el patrimonio bibliográfico de la región madrileña.

  • Facilitar fondos conservados y adquiridos por cualquier procedimiento, ya sea compra, canje, donación o a través del Depósito Legal.