Unidad: Número Fuente: Dirección General de Turismo. Consejería de Cultura yTurismo. Ámbito: Comunidad de Madrid
Notas:
Establecimientos hoteleros:Son aquellas instalaciones que destinadas al alojamiento turístico, ocupan la totalidad de un edificio o parte independizada del mismo constituyendo sus dependencias un todo homogéneo con entradas, ascensores y escaleras de uso exclusivo y reúnen los requisitos técnicos mínimos que reglamentariamente se establezcan.