¿Sabes qué significa ser
voluntario? Ser voluntario significa
dedicar tiempo de forma consciente, gratuita y estable a las necesidades
de otras personas y a la mejora de la sociedad.
El movimiento voluntario está en estos momentos en auge, pero cuenta con
una larga tradición histórica que tiene su origen en la inclinación a
vivir como propios los problemas de los demás. Siendo voluntario colaboras
en el desarrollo de tu comunidad, facilitas tu crecimiento como persona y,
sin duda, comprendes mejor la realidad, a las personas y a ti mismo.
El voluntariado implica, en la mayor parte de las ocasiones, involucrarse
en una entidad sin ánimo de lucro dedicada a la acción social, fomentando la
participación ciudadana en ayuda a los demás.
¿Qué dice la Ley del
Voluntariado*? Los voluntarios son personas
que libremente se comprometen a realizar actividades de interés general
que reúnan los siguientes requisitos:
- Que tengan carácter altruista y solidario.
- Que su realización sea libre.
- Que carezcan de contraprestación económica.
- Que se desarrollen en organizaciones privadas o públicas con arreglo
a programas o proyectos concretos.
- Que no sustituyan el trabajo remunerado.
¿Y qué son actividades de interés general? Las actividades de
interés general, enumeradas en la Ley del Voluntariado, son las
asistenciales, las de servicios sociales, las cívicas, las educativas, las
culturales, las
científicas, las deportivas, las sanitarias, las de cooperación al
desarrollo, las de defensa del medio ambiente, las de defensa de la
economía o de la investigación y las de desarrollo de la vida asociativa,
de promoción del voluntariado, o cualesquiera otra de naturaleza análoga.
Derechos y deberes del voluntario. Son derechos de los
voluntarios, entre otros, el recibir información, formación, orientación
y apoyo a cargo de la entidad en la que colaboren, ser asegurados contra el riesgo
de accidente y enfermedad derivados de su actividad voluntaria y el ser
reembolsados por los gastos originados como consecuencia del desempeño de
su actividad.
Los deberes, entre otros, son los de cumplir con los requisitos adquiridos
con las organizaciones en las que se integren, rechazar cualquier contraprestación material y,
por supuesto, actuar siempre de forma diligente y solidaria. *
LEY 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado
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