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Direccción General de Voluntariado y Promoción Social.
VOLUNTARIADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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<%@ taglib uri="menu" prefix="menu" %> Voluntariado: ¿Cómo puedes echar una mano?
¿QUÉ ES? 

La Dirección General de Voluntario y Promoción Social, creada por Decreto 90/2005, de 22 de septiembre, tiene como objeto promover las políticas de coordinación y planificación de los sercicios sociales, así como realzar el esfuerzo necesario que las Administraciones Públicas deben realizar para canalizar el apoyo solidario que la socidad madrileña presta a las políticas públicas en el ámbito social.

Le corresponden, con carácter general, el ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y, en particular, las competencias siguientes:

  • La propuesta del marco jurídico que desarrolle las competencias que en materia de voluntariado y promoción social correspondan a la Comunidad de Madrid.
  • El fomento del voluntariado social, cultural, deportivo y de todo tipo, promoviendo actividades de concienciación social.
  • La colaboración con entidades públicas y privadas en el ámbito de la promoción y formación del voluntariado.
  • La coordinación territorial de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid y de los servicios y programas que desarrollen en esta materia, sin perjuicio de las competencias de otros órganos administrativos de la Consejería.
  • La promoción, coordinación y seguimiento de la atención de la emergencia social y, en especial, de las unidades móviles de emergencia social.
  • El impulso y realización de las actividades de estudio, investigación y formación especializada en Servicios Sociales.
  • La elaboración y actualización de estadísticas básicas de Servicios Sociales, documentación, publicaciones y fondos documentales de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.
  • La promoción, ejecución y seguimiento de programas, actuaciones e iniciativas relacionadas con los sercicios sociales.
  • Cuantas otras deternine la normativa viguente o le sean expresamente delegadas o atribuidas.
 
 
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